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Importante novedad del RDL 6/2023,de 19 de diciembre

IMPORTANTE NOVEDAD DEL RDL 6/2023, DE 19 DE DICIEMBRE. NOTIFICACIÓN DE DEMANDAS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS

A partir del 20 de marzo de 2024, las Personas Jurídicas, las Comunidades de Bienes y las Comunidades de Propietarios, entre otros, serán notificados de las demandas civiles que se presenten contra los mismos por medios electrónicos. Éstos tendrán un plazo de sólo de tres días para acceder a dicha notificación. En caso contrario, se procederá a notificarlo vía el Tablón Edictal Único.

Hasta la fecha, las demandas se recibían en papel en el domicilio establecido en el encabezamiento de la misma. Personal del juzgado se personaba en dicha dirección y si la notificación personal en papel no era posible se daba a la persona por no notificada. Posteriormente, se solicitaba a la parte demandante que se dieran otras posibles direcciones de notificación y/o el propio juzgado las buscaba a través del sistema Punto Neutro aprobándose tantas notificaciones como domicilios fueran conocidos no dándose al demandado por notificado hasta que la recepción fuera positiva.

Esta modificación es un gran cambio y supone un aumento de la diligencia que se tienen de las notificaciones electrónicas y del Tablón Edictal Único pudiendo tener el alto riesgo de que se le tenga notificado en un procedimiento judicial sin saberlo.

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